Hace un mes que se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la reforma concursal, que incluye una serie de importantes novedades y mejoras en la celebración de concursos de acreedores. Varias de estas medidas afectan directamente a los trabajadores por cuenta propia. De hecho, la norma crea un procedimiento especial para ellos.
Entre las medidas más destacadas y que afectan al colectivo de autónomos y micro-pymes se encuentran este procedimiento concursal abreviado, que les permitiría acceder al concurso con menos trámites, más rapidez y menores costes; el aumento del límite de exoneración al que pueden acceder los negocios que tienen deudas con Seguridad Social y Hacienda -hasta 10.000 euros de quita con cada entidad-; o la posibilidad de que los trabajadores por cuenta propia blinden su negocio y vivienda para que no les sea embargada.
¿Cuándo entran en vigor las principales medidas concursales que afectan a los autónomos?
Uno de los cambios de mayor calado para los autónomos es que, a partir de la entrada en vigor de esta reforma es posible por primera vez que queden exonerados de sus deudas públicas con un límite total de 20.000 euros. Esto supone una importante novedad para el colectivo, ya que hasta la fecha tenían que acudir a la vía judicial para que se les liberara de las obligaciones con Hacienda o Seguridad Social, que son precisamente las más habituales entre los trabajadores por cuenta propia cuando atraviesan problemas económicos.
El nuevo límite que ya está en vigor y con el que los autónomos podrían quedar liberados de parte de sus deudas con la Administración está enmarcado en la Ley de Segunda Oportunidad, que ha sufrido algunos cambios en esta reforma concursal. Sin embargo, la mayoría de los requisitos que deben cumplir los trabajadores por cuenta propia para acceder a la nueva exoneración han quedado más o menos intactos y serían muy similares a los que ya estaban vigentes para las quitas de deuda privada.
A partir del 1 de enero las micropymes ya podrían acceder a un nuevo concurso de acreedores especial para ellas
Una de las novedades de la nueva Ley concursal, y tal vez la más importante para los trabajadores por cuenta propia, es la puesta en marcha de un nuevo procedimiento concursal específico para ellos. En concreto, se trata de un procedimiento de insolvencia pensado para negocios de menos de 10 empleados, que se realizará a través de un test digital y que el empresario deberá autocompletar.
Esta medida es de las pocas que afectan directamente a los autónomos y negocios muy pequeños a las que habrá que esperar todavía para su entrada en vigor. Según el BOE, este procedimiento se pondrá en marcha a partir del 1 de enero, y desde ese día las micro-empresas con deudas ya podrían empezar a acceder a él en caso de insolvencia”.
La reforma añade un nuevo libro tercero dedicado al procedimiento especial para microempresas, un mecanismo “de insolvencia único y especialmente adaptado” a las necesidades de estas empresas “caracterizado por una simplificación procesal máxima”. La norma entiende que son microempresas las que empleen a menos de 10 trabajadores y tengan un volumen de negocio anual inferior a 700.000 euros o unas deudas por importe inferior a 350.000 euros.
En caso de liquidación, se prevé la utilización de una plataforma de liquidaciones cuyo desarrollo se encomienda al Ministerio de Justicia y debería estar lista en un máximo de seis meses. En caso de que el deudor-microempresa sea autónomo, se reconoce expresamente su derecho a la asistencia jurídica gratuita, para todos los trámites del procedimiento especial.
Desde el pasado 19 de octubre los autónomos ya pueden proteger su negocio o vivienda en caso de concurso
Los autónomos con deudas que se vean en una situación de insolvencia y entren en concurso de acreedores ya no tendrán que perder su vivienda o su negocio si no pueden hacer frente a sus obligaciones de pago. La nueva Ley Crea y Crece, recién aprobada por el Congreso, ha introducido varias novedades en la ley concursal y el mecanismo de segunda oportunidad. Una de ellas es la ampliación de los pasivos exonerables, es decir, el patrimonio del trabajador por cuenta propia que ningún juez podrá poner en venta para que los acreedores puedan cobrar. Hasta ahora un autónomo respondía de sus deudas con todos sus bienes, presentes y futuros.
La nueva norma prevé que se va a configurar “un procedimiento de segunda oportunidad más eficaz, ampliando la relación de deudas exonerables e introduciendo la posibilidad de exoneración sin liquidación previa del patrimonio del deudor y con un plan de pagos“.
Esto, según precisa el texto normativo, no sólo va a permitir que el deudor, en este caso el autónomo, “conserve su vivienda habitual”, sino que tampoco tendrá que perder “sus activos empresariales” al entrar en concurso de acreedores. Se trata de uno de los cambios más relevantes para los trabajadores por cuenta propia incluidos en esta reforma ya que, si son persona física, tienen responsabilidad ilimitada y en muchos casos podían llegar a perder su vivienda y su empresa si se veían ahogados por las deudas y tenían que recurrir al concurso de acreedores.
Aunque en la reforma de la ley concursal no se hace referencia a la forma jurídica que debería tener el autónomo para poderse beneficiar de esta medida, lo cierto es que todo apunta a que formará parte de los beneficios que se le atribuyen al Emprendedor de Responsabilidad Límitada (ERL) y que están recogidos en la ley crea y crece.
Por lo tanto, siempre es recomendable acogerse a la figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada, un proceso que se ha simplificado y cuyos costes son muy bajos.
Con el fin de ampliar esta figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada y acercarla al colectivo, la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) presentó una enmienda a la Ley Crea y Crece junto al Colegio de Registradores que finalmente ha sido aprobada y entró en vigor el pasado miércoles 19. “Desde ese día, los autónomos podrán no sólo proteger su vivienda, sino también los bienes de su negocio, tan sólo dándose de alta como Emprendedor de Responsabilidad Limitada, un trámite que se ha agilizado con la enmienda de ATA y los registradores. Esto es una gran novedad porque permite al colectivo conservar su casa como hasta ahora pero también seguir teniendo una fuente de ingresos aun cuando las cosas le vayan mal.
Ahora, mediante el acogimiento y aprobación de la enmienda presentada por ATA y Registradores, se amplía ese sistema de protección de la vivienda habitual a los bienes de equipo con los que el empresario autónomo desarrolla su profesión o actividad empresarial.