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Guía para solicitar los ERTE, ACTUALIDAD

Guía para solicitar los ERTE y claves de la nueva modalidad de expedientes que entrará en vigor en noviembre

El Gobierno ha aprobado la extensión de los ERTE hasta el 28 de febrero de 2022. El esquema actual de estos expedientes se prorrogará durante un mes, hasta el 31 de octubre, y los autónomos que lo necesiten más allá deberán solicitarlos de nuevo y ligarlos a la formación.

Te facilitamos la guía y claves más importantes de los nuevos expedientes.

ERTE y exoneraciones vigentes hasta el 31 de octubre

ERTE por fuerza mayor

El ERTE por fuerza mayor seguirá vigente y sin cambios relevantes hasta el próximo 31 de octubre de 2021. Se trata de una medida dirigida a los negocios y trabajadores afectados especialmente por la pandemia. En su última prórroga, el Gobierno estableció dos criterios importantes en relación a este tipo de expediente: mayores exoneraciones para los casos de trabajadores que se reincorporen a la actividad, y menos para los casos de trabajadores en suspensión de empleo.

Eso sí, cabe recordar que los negocios acogidos a estos ERTE sólo tendrán exoneración de cuotas de la Seguridad Social si entran dentro del listado de sectores más afectados por la pandemia. En este listado, se encuentran, principalmente, aquellas actividades vinculadas al turismo, la restauración, el comercio, la cultura y el ocio. Asimismo, también podrán beneficiarse de las exoneraciones los negocios que dependan de estos sectores, aunque sea de forma indirecta, es decir su cadena de valor, siempre que se justifique que, al menos, la mitad de sus ingresos en 2019 estaban vinculados a compañías de estos ámbitos. Además, hasta el final de octubre podrán solicitar los ERTE por fuerza mayor aquellas actividades que entre finales de abril de 2020 y finales de mayo de 2021, han recuperado la actividad en porcentaje inferior al 75% y tengan un porcentaje de afiliados cubiertos por los ERTE igual o superior al 15%.

¿Cuáles son las exoneraciones a la Seguridad Social en el ERTE por fuerza mayor?

1. En caso de haber reincorporado a algún trabajador a la actividad:

  • Para los negocios con menos de 50 trabajadores95% de las cotizaciones de sus empleados -siendo antes un 85%-.
  • Para los negocios con 50 trabajadores o más85% de las cotizaciones de sus empleados en los meses de junio, julio, agosto, septiembre y octubre -siendo antes un 75%-.
  1. En caso de mantener a los trabajadores en suspensión de empleo:
  • Para los negocios con menos de 50 trabajadores85% de las cotizaciones de sus empleados en los meses de junio, julio y agosto. Y del 70% en septiembre y octubre.
  • Para los negocios con 50 trabajadores o más75% de las cotizaciones de sus empleados en los meses de junio, julio y agosto. Y del 60% en septiembre y octubre.

ERTE de Impedimento

Los ERTE de Impedimento son una medida destinada a todos aquellos negocios que vean impedida o suspendida su actividad por decisión sanitaria o restricciones administrativas. Es decir, bajo está modalidad, pueden afectar a sus trabajadores todos los autónomos o dueños de negocio empleadores de cualquier sector o actividad, que vean impedido el desarrollo de su negocio por nuevas restricciones o medidas de contención sanitaria, ya sea por parte de las autoridades españolas o extranjeras.

¿Quiénes pueden acogerse a los ERTE de Impedimento?

Cualquier negocio, independientemente de cuál sea su sector o actividad, puede afectar a sus trabajadores bajo un ERTE de Impedimento. Eso sí, siempre y cuando cumpla con la condición de ver impedida su actividad por restricciones sanitarias españolas o extranjeras

¿Cuáles son las exoneraciones a la Seguridad Social en el ERTE de Impedimento?

  • Si tienen menos de 50 trabajadores: 100% de las aportaciones de los trabajadores. 
  • Más de 50 trabajadores o 50: el 90% de la aportación de los trabajadores

ERTE de Limitación

Los ERTE de Limitación están dirigidos a todos aquellos negocios cuya actividad se vea limitada a raíz de las medidas adoptadas por la autoridad sanitaria exclusivamente española. Según explicó el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá en la anterior prórroga de esta medida, el Gobierno “apuesta en esta modalidad por establecer coeficientes decrecientes, pero altos en cada mes, para animar a los negocios a abandonar los ERTE”.

¿Quiénes pueden acogerse a los ERTE de Limitación?

Cualquier negocio, independientemente de cuál sea su sector o actividad, puede afectar a sus trabajadores bajo un ERTE de Impedimento. Eso sí, siempre y cuando cumpla con la condición de ver impedida su actividad por restricciones sanitarias exclusivamente de autoridades españolas

¿Cuáles son las exoneraciones a la Seguridad Social en el ERTE de Limitación?

En esta modalidad las exoneraciones irán reduciéndose a medida que pasen los meses.  

Menos de 50 trabajadores

  • En junio y julio: exoneración de cuotas del 85%
  • En agosto, septiembre y octubre: exoneración de cuotas del 75%

Más de 50 trabajadores o 50

  • En junio y julio: exoneración de cuotas del 75%
  • En agosto, septiembre y octubre: exoneración de cuotas del 65%

Claves de los nuevos ERTE formativos que entrarán en vigor el 1 de noviembre

  • Tendrán que solicitarse de nuevo

La principal novedad que presentan los nuevos ERTE diseñados por el Ejecutivo es que no se prorrogarán de forma automática. Los autónomos y empresas con trabajadores afectados por alguno de los expedientes tendrán que volver a tramitarlos si quieren mantenerlos hasta febrero.

  • El silencio administrativo será positivo

El acuerdo contempla que se aplique con carácter positivo el silencio administrativo. Es decir, si la Administración no contesta a la solicitud del empleador en un plazo de diez días, el nuevo ERTE se dará por concedido.

  • ‘Contador a cero’ hasta diciembre de 2022

La ministra de Trabajo y Economía Social señaló que el contador a cero se prolongará hasta el 31 de diciembre de 2022. Es decir, el tiempo consumido de desempleo desde septiembre de 2020 no computará cuando se produzca un despido por cualquier causa después del 1 de enero de 2023.

Por otro lado, se recupera la prestación extraordinaria para las personas con contratos fijos discontinuos y se garantiza el ‘contador a cero’ también para este colectivo. Además, los trabajadores en ERTE seguirán percibiendo la misma prestación que cobran actualmente: el 70% de su base reguladora.

  • Se mantienen las medidas extraordinarias de protección del empleo

Este sexto acuerdo también mantiene las medidas extraordinarias de protección del empleo relacionadas con extinciones y despidos, la interrupción del cómputo de los contratos temporales y la controvertida cláusula de salvaguarda de empleo.

Exoneraciones en los ERTE de formación

  • Los ERTE de limitación de actividad tendrán exenciones del 50% para los negocios más pequeños, de menos de diez trabajadores, que no ofrezcan formación a sus empleados, y el 80% en caso de que sí la ofrezcan. Para empresas de más de diez trabajadores que sin formación a sus empleados la exoneración será del 40%, y del 80% si imparten acciones formativas.
  • En los ERTE de impedimento de actividad, las exoneraciones para todas las empresas serán siempre del 100%.

Así, la propuesta del Gobierno es que, para poder acogerse a las exenciones de las cuotas, las empresas que tienen entre diez y 49 empleados dediquen un mínimo de 30 horas a acciones formativas. Y para las que tienen 50 o más empleados las horas de formación se incrementarían hasta las 40 horas.

Importante:  ligar los ERTE a la formación dificulta su acceso a estos expedientes para muchos autónomos que desconocen las vías de solicitud de estos programas para que sus trabajadores realicen cursos que normalmente ofrecen los servicios públicos de empleo. Tendrán que informarse y gestionar esa formación lo que complica el proceso para pequeños negocios de entre 1 y 10 trabajadores.