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¿ERES AUTÓNOMO? ¿QUIERES CAMBIAR TU CUOTA? SIGUE LEYENDO…

Los autónomos tienen dos semanas para cambiar su base y pasar a pagar más o menos cuota a partir del 1 de abril.

El Gobierno se ha comprometido a hacer una revisión a la baja de los impuestos de algunos productos especialmente afectados por la inflación, como puede ser el carburante, la electricidad, el gas, algunos artículos de consumo básico -como los aceites- o materias primas necesarias para el desarrollo de la actividad agraria. Aunque los impuestos dependen del Ejecutivo, de momento -y a expensas de la negociación con Seguridad Social, que quiere implantar un sistema de cotización por ingresos reales- las cotizaciones siguen dependiendo de los trabajadores por cuenta propia y son ellos mismos los que pueden decidir cuándo y cuánto subir o bajar su cuota.

Subir la base de cotización aumentará todas sus prestaciones futuras como la jubilación, pero también presentes como el cese de actividad o la Incapacidad Temporal que podrían ser necesarias en cualquier momento. Por el contrario, hay otros trabajadores por cuenta propia que podrían verse asfixiados por los costes y necesitar bajar puntualmente su base para pagar menos cuota mientras dure esta crisis.

En ambos casos, los autónomos tienen hasta el 31 de marzo para cambiar su base y modular lo que pagan en cotizaciones a la Seguridad Social. Por lo general -exceptuando a los mayores de 47 años y los autónomos societarios, que tienen diferentes topes-, los trabajadores por cuenta propia podrán elegir entre la actual base mínima de 960,6 euros -289 euros al mes de cuota- y la máxima de 4.139 euros -1.266 euros de cuota-.

Hasta el 31 de marzo para cambiar la base y pagar más o menos cuota desde el 1 de abril

Ahora mismo, los autónomos se encuentran en el segundo de los tres periodos que tienen establecidos para modificar su base de cotización y cambiar su cuota durante este año, ya que el último de los cambios -a partir del 1 de octubre-, ya afectaría a 2023.

  • Entre el 1 de enero y el 31 de marzo, con efecto a partir del 1 de abril
  • Entre el 1 de abril y el 30 de junio, con efecto desde el 1 de julio
  • Entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, con efecto a partir del 1 de octubre
  • Entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre, con efecto desde el 1 de enero del año siguiente

Este cambio se debe realizar telemáticamente en la Sede Electrónica de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Desde la página principal y a través de la pestaña “Afiliación e Inscripción”, el trabajador por cuenta propia debe acceder al apartado de “Cambio en la base de cotización de autónomos”. El plazo para que el cambio tenga efectos desde el primer día de abril es hasta el 31 de marzo.

¿Cuándo debo subir y cuándo debo bajar mi cuota como autónomo?

Hay que recordar que la cotización no es un gasto, sino una inversión y, de ella dependen todas las prestaciones contributivas, como el propio cese de actividad que ha mantenido a flote a más de un millón y medio de autónomos durante los peores meses de la crisis. También las prestaciones futuras, como la jubilación, e incluso las más cercanas al presente, como podría ser la Incapacidad Temporal (IT), maternidad o paternidad.

A pesar de la importancia de cotizar más para obtener mejores prestaciones, lo cierto es que la difícil situación que continúa atravesando parte del colectivo incita a muchos autónomos a recortar todo tipo de pagos, incluida la cuota. Gracias a la reforma de 2017, pueden pasar a pagar menos durante un tiempo, y más adelante, cuando se hayan recuperado de la crisis, volver a subirla si lo consideran oportuno.

Así, muchos autónomos de sectores como el transporte, el campo, la hostelería, las agencias de viaje y otros negocios del sector turístico que esperaban ver subir sus ingresos en 2022 y que sin embargo han visto aumentar sus costes, podrían optar por reducir su cuota hasta que todo vuelva a la normalidad y puedan subir de nuevo su base para no afectar a sus prestaciones.

Otras actividades, sin embargo, podrían haber remontado durante estos meses, y dependiendo de las circunstancias en las que se encuentre el autónomo, sería una buena idea subir a una base superior para aumentar las prestaciones presentes y futuras.

Un aumento de 100 euros en la cuota puede subir hasta más de 300 euros mensuales algunas prestaciones

Cabe recordar que, con una subida de sólo 100 euros en la cuota, el trabajador por cuenta propia puede ver incrementadas casi cualquiera de sus prestaciones en más de 200 euros.

De hecho, la cuota es una de las inversiones con mayor retorno a las que puede acceder el colectivo. Según los cálculos realizados por este diario en base a las principales prestaciones de los autónomos, con sólo elevar 100 euros su cuota, el autónomo aumentará sus prestaciones entre 145 euros, en el caso por ejemplo de la viudedad, y los 326 euros, en el caso de la maternidad o paternidad. Esto significa que, por cada euro que suba su cuota el autónomo, recibirá en algunas hasta 3,2 euros de vuelta.